ACUERDO DE LICENCIA PARA EL USUARIO FINAL (EULA) – SERVICIO DE TELEFONÍA FIJA
Este Acuerdo de Licencia para el Usuario Final (“Acuerdo”) es un contrato legal entre [Neurotech de la Laguna SA de CV], con sede en Paseo de la Rosita 213B, Torreon, Coahuila 27250 México (“Proveedor”) y usted (“Usuario Final”). Este Acuerdo establece los términos y condiciones bajo los cuales se le otorga el derecho de utilizar el servicio de telefonía fija, incluida la Política de Uso Justo (PUJ), proporcionado por el Proveedor.
1. LICENCIA DE USO
1.1 Condiciones de Uso: El Proveedor concede al Usuario Final una licencia limitada, no exclusiva, intransferible y revocable para utilizar el servicio de telefonía fija de acuerdo con los términos y condiciones establecidos en este Acuerdo.
1.2 Restricciones: El Usuario Final se compromete a no realizar ingeniería inversa, descompilar, modificar, distribuir o sublicenciar el servicio de telefonía fija proporcionado por el Proveedor.
2. DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL
2.1 Propiedad: El servicio de telefonía fija y todos los derechos de propiedad intelectual asociados son propiedad exclusiva del Proveedor. El Usuario Final reconoce que no adquiere ningún derecho de propiedad sobre el servicio, excepto la licencia limitada otorgada en virtud de este Acuerdo.
3. GARANTÍAS Y LIMITACIONES DE RESPONSABILIDAD
3.1 Sin Garantías: El servicio de telefonía fija se proporciona “tal cual” y el Proveedor no ofrece garantías expresas o implícitas, incluidas, entre otras, las garantías de comerciabilidad, idoneidad para un propósito particular y no infracción.
3.2 Limitación de Responsabilidad: El Proveedor no será responsable ante el Usuario Final por daños directos, indirectos, incidentales, especiales, ejemplares o consecuentes, incluida la pérdida de beneficios o la interrupción del negocio, derivados del uso del servicio de telefonía fija.
4. POLÍTICA DE USO JUSTO (PUJ)
4.1 Definición: El servicio de telefonía fija está sujeto a la Política de Uso Justo (PUJ). La PUJ se implementa para garantizar un uso equitativo del servicio y prevenir el abuso, como el uso excesivo de ancho de banda o la utilización indebida de los recursos de red y solo para uso personal o doméstico residencial.
4.2 Aplicación: El Proveedor se reserva el derecho de monitorear y hacer cumplir la PUJ. En caso de violación de la PUJ, el Proveedor puede tomar medidas que incluyen, pero no se limitan a, la restricción o suspensión del servicio.
5. TERMINACIÓN
5.1 Terminación por Usuario Final: El Usuario Final puede dar por terminado este Acuerdo en cualquier momento descontinuando el uso del servicio de telefonía fija.
5.2 Terminación por el Proveedor: El Proveedor se reserva el derecho de dar por terminado este Acuerdo y suspender el acceso al servicio de telefonía fija en caso de incumplimiento por parte del Usuario Final.
6. CAMBIOS EN EL ACUERDO
El Proveedor se reserva el derecho de modificar los términos de este Acuerdo en cualquier momento mediante la publicación de una versión actualizada en [sitio web del Proveedor]. El uso continuado del servicio de telefonía fija después de dichas modificaciones constituirá la aceptación de los términos revisados.
7. LEGISLACIÓN APLICABLE
Este Acuerdo se regirá e interpretará de acuerdo con las leyes del estado de Coahuila de Zaragoza. Cualquier disputa derivada de este Acuerdo se resolverá mediante arbitraje de conformidad con las reglas de arbitraje de Coahuila de Zaragoza y la decisión del árbitro será vinculante y final.